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InscripciÓn y revalidaciÓn de Empresas


REQUISITOS PARA INSCRIBIR O REVALIDAR UNA EMPRESA CONSTRUCTORA Y CONSULTORA / NACIONAL O EXTRANJERA

En cumplimiento de los Artículos 52 de la Ley Orgánica, 55, 57, 58 y 61 del Reglamento Interior General del C.F.I.A. y del artículo 226 del Código de Comercio (sólo en el caso de las compañías extranjeras) las empresas, deberán cumplir con los siguientes requisitos:




A - Requisitos para inscribir una empresa ante el CFIA:

1.Presentación del formulario de Inscripción o Revalidación de Empresas Constructoras y Consultoras, autenticado por un abogado, con el timbre y el sello correspondientes. No se aceptarán formularios incompletos, con borrones, tachones o alteraciones. Las firmas contenidas en el formulario, deben constar en original.

2. Certificación expedida por el Registro Nacional o Notario Público indicando: personería, número de cédula jurídica y plazo social de la empresa. Tratándose de empresas individuales de responsabilidad limitada y fundaciones, adicional a lo citado, deberán aportar certificación expedida por el Registro Nacional o Notario Público, sobre el objeto social de la empresa. (Notas: 1) El plazo deberá indicar la fecha inicial y final de vigencia. 2) En el caso de las certificaciones digitales emitidas por el Registro Nacional, se le recuerda que de conformidad con lo indicado en dichas certificaciones, éstas disponen de 15 días naturales para su verificación, a partir de la fecha de emisión, por ende, dicha certificación deberá estar vigente para su tramitación ante el CFIA).

3..Cancelación del monto correspondiente a los derechos de inscripción (Previa autorización brindada por la Plataforma de Servicios.)

Se informa a las empresas que, si la solicitud fue aprobada, a partir del cuarto día hábil de la presentación de la solicitud, podrá retirar una certificación ante la Plataforma de Servicios en la que se detalla el número de carné asignado y la fecha a partir de la cual rige la inscripción.

Adicionalmente, se informa que independientemente de la fecha en que se autorice su inscripción, todos los años deben solicitar la renovación de derechos, específicamente en el mes de enero, de conformidad con lo que establece el artículo Nº 61 del "Reglamento Interior General".


B - Requisitos para revalidar empresas ante el CFIA:


Trámite Digital

El CFIA pone a su disposición este sitio dentro de nuestra página de internet para realizar el trámite de revalidación de los derechos anuales en forma digital, el cual es únicamente para empresas inscritas ante el CFIA, que se encuentren debidamente habilitadas, o que no estándolo, no superen los tres años de inhabilitación por morosidad.

Es un requisito necesario que la empresa y los profesionales responsables por registrar, dispongan de la clave de acceso para ingresar al Sistema de Revalidación de Empresas (si ya cuenta con la clave para ingresar al Sistema de Administrador de Proyectos de Construcción - APC, puede utilizar la misma). En el caso que no cuente con esta clave, puede solicitarla en la Plataforma de Servicios del CFIA, tanto en la sede central como en las sedes regionales.

Para obtener dicha clave, deberá presentarse con su cédula de identidad a la Plataforma de Servicios del CFIA; el trámite es inmediato y no tiene ningún costo.

En el caso de las empresas, el representante legal deberá apersonarse a la Plataforma de Servicios del CFIA con su cédula de identidad y con una personaría jurídica vigente. Si el representante no puede apersonarse para el trámite, puede enviar a otra persona a gestionarlo, pero además de los requisitos anteriormente indicados, deberá aportar un poder, debidamente autenticado por abogado, que especifique que faculta a esa persona a efectuar el trámite. Igualmente, el trámite es inmediato y no tiene ningún costo.

Cuando la empresa realice el trámite vía Internet, es indispensable que escanee y adjunte el comprobante de pago, en el espacio correspondiente dentro del formulario digital.

El trámite le tarda 24 horas.

En el siguiente formulario electrónico denominado "Revalidación Digital de Empresa" deberá registrar la información requerida.

Guía para la Revalidación Digital de Empresas>>

Trámite Físico

1. Presentación del formulario de Inscripción o Revalidación de Empresas Constructoras y Consultoras, autenticado por un abogado, con el timbre y el sello correspondientes. No se aceptarán formularios incompletos, con borrones, tachones o alteraciones. Las firmas contenidas en el formulario, deben constar en original.

2. Cancelación del monto correspondiente a los derechos de revalidación. (Previa autorización brindada por la Plataforma de Servicios.)

El requisito Nº 3 lo deben aportar únicamente las empresas que superan los tres años de inhabilitación por morosidad ante el CFIA.

3. Certificación expedida por el Registro Nacional o Notario Público indicando: personería, número de cédula jurídica y plazo social de la empresa. Tratándose de empresas individuales de responsabilidad limitada y fundaciones, adicional a lo citado, deberán aportar certificación expedida por el Registro Nacional o Notario Público, sobre el objeto social de la empresa. (Notas: 1) El plazo deberá indicar la fecha inicial y final de vigencia. 2) En el caso de las certificaciones digitales emitidas por el Registro Nacional, se le recuerda que de conformidad con lo indicado en dichas certificaciones, éstas disponen de 15 días naturales para su verificación, a partir de la fecha de emisión, por ende, dicha certificación deberá estar vigente para su tramitación ante el CFIA).

El trámite le tarda 3 días hábiles.



C - Notas Importantes:


• La documentación recibida por Plataforma de Servicios es trasladada al Departamento de Registro para su revisión y gestión pertinente. En caso de que alguno de los requisitos establecidos no se aporte correctamente y no cumpla con lo establecido por la normativa del CFIA, la solicitud planteada no se tramitará y no surtirá efecto legal alguno.

En caso de requerir certificaciones deben plantear la solicitud y cancelar el monto correspondiente. Dicha solicitud será gestionada una vez que el trámite de inscripción o revalidación haya sido aprobado.

• Toda empresa registrada ante este Colegio Profesional y que a la fecha de la solicitud se encuentre inhabilitada por morosidad y desee mantener su antigüedad deberá cancelar los derechos y las multas pendientes. En caso contrario a lo citado y deseen registrar la empresa como nueva deberán aportar nota firmada por el representante legal de la empresa, planteando la solicitud.

• Toda la documentación se podrá presentar en original o copia certificada.

Todos los años, las empresas deben solicitar la renovación de derechos, específicamente en el mes de enero, de conformidad con lo que establece el artículo Nº 61 del “Reglamento Interior General”.

• Los miembros a inscribir como profesionales responsables deben estar habilitados para el ejercicio profesional y al día con las cuotas en el trimestre vigente del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.

El profesional podrá consultar su estado de cuenta en la página principal del CFIA, en Consulta y Pago de Servicios: “Estado de Cuenta”, http://servicios.cfia.or.cr/EstadoCuentaProfesional/. El pago de la colegiatura lo podrá realizar en línea, a través de la Ventanilla de Pagos del CFIA, BN pagos, BCR en línea o bien, por depósito o transferencia electrónica a las cuentas bancarias del CFIA.

D - Montos para el año 2013

Inscripción como Empresa Constructora y Consultora

¢ 260,000.00

Revalidación como Empresa Constructora y Consultora


¢ 137,500.00 El monto indicado aplica únicamente para aquellas empresas que estuvieron habilitadas en el año 2012, de conformidad con lo que establece el artículo Nº 61 del "Reglamento Interior General". Todas aquellas empresas que no estuvieron habilitadas durante el año 2012 o en años anteriores, deben consultar de previo el saldo correspondiente.

El pago de la anualidad lo podrá realizar en línea, a través de la Ventanilla de Pagos del CFIA:

A su vez, también podrá realizar depósito o transferencia electrónica a las siguientes cuentas:  

Cuentas Bancarias

Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos

Cédula Jurídica 3-007-051185

Entidad Bancaria

Cuenta Corriente

Cuenta Cliente

Banco Nacional

100-01-000-024493-9 (Colones)
151-00010010244937 (colones)

100-02-000-070699-4 (dolares)

151-00010020706994 (dolares)

Banco de Costa Rica

001-0032567-8

152-01001003256783

Bac San José

904409380

102-00009044093803

Mutual Alajuela

1251666

803-00200112516665

Bancredito

326-203-3427069

153-02000034270699

Banco Lafise

791046915

114-00007910469150

Coocique

3007051185

 81100110000752514

Scotiabank

9448200

120-00000094482008

Promerica

30000000076212

 11600103007692126

Coopenae

8111677

814-00011008111677

Es importante aclarar que si no se aporta la totalidad de requisitos establecidos ante las Plataformas de Servicios del CFIA, el pago realizado no surtirá efecto legal alguno.

Algunos beneficios para las empresas inscritas y habilitadas ante el CFIA:

  • Participar en contrataciones con el Estado, instituciones públicas y privadas.
  • Acumular experiencia de cara a la participación en esos concursos públicos y privados.
  • Contar con la asesoría correspondiente por parte del Colegio Federado.
  • Acceder a las capacitaciones que imparte el Colegio Federado y sus Colegios Miembros, como parte de la normativa que regula el registro de las empresas constructoras y consultoras, en las áreas de las ingenierías y la arquitectura.
  • Obtener información sobre las actuaciones y nuevas disposiciones del Colegio Federado.
  • Colaborar con el progreso del gremio y su fortalecimiento en beneficio de todas las empresas dedicadas a las áreas de las Ingenierías y la Arquitectura.

 
 
Si desea más información sobre este trámite, puede comunicarse al 2202-3900, Ext. 4092, Departamento de Registro.
 
 

 
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