Según lo establece la Ley Orgánica del C.F.I.A., Capítulo II, Artículo 5, inciso g): Serán Miembros Temporales:
Los ingenieros o los arquitectos extranjeros que ingresen al país para realizar trabajos temporales de asesoría profesional en organismos del Estado o de la empresa privada, o en colegios y asociaciones profesionales. Para poder efectuar su trabajo tales profesionales deberán inscribirse en el Colegio Federado. Los Miembros Temporales no podrán dedicarse a ninguna otra actividad profesional más que aquella para la cual fueron específicamente llamados al país y de acuerdo con lo que al efecto fije el Reglamento. Estos miembros podrán asistir a los actos culturales y sociales del Colegio Federado y a las Asambleas Generales de los respectivos colegios como simples observadores sin voz ni voto.
1. Solicitud de incorporación.
2. Indicación de las calidades personales, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, dirección, teléfono, apartado, lugar de trabajo, número de cédula de identidad o del documento que acredite la residencia en Costa Rica y correo electrónico.
Nota: Para los puntos Nº 1 y 2 se deberá registrar la información en el formulario electrónico denominado “Registro Previo” ubicado en la parte inferior de la presente página y posteriormente deberá presentar los restantes requisitos en las fechas establecidas por el CFIA.
3. Presentar nota de la entidad estatal, profesional o privada que requiera los servicios del profesional en cuestión, indicando tipo de asesoría que prestará y el tiempo que permanecerá en el país. Además, se deberá aportar copia certificada del contrato firmado entre ambas partes.
4.La empresa dedicada a la consultoría o a la construcción en las áreas de la Ingeniería y la Arquitectura que requiera el registro de un miembro temporal, deberá estar inscrita de previo en el Colegio Federado, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley Orgánica y de los requisitos establecidos para tal fin.
5. Presentar fotocopia certificada de su título profesional, el cual debe tener los sellos consulares y del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, conforme se indica en el artículo 67 de la Ley del Servicio Consular; Nº46, del 7 de junio de 1925.
6. Original del currículum vitae y fotocopia (legible) del documento que establezca que su estado migratorio se encuentra a derecho con lo establecido por el Estado costarricense, ya sea debidamente certificado notarial o bien, fotocopia simple y su respectivo original para ser cotejado.
7. En la solicitud deberá indicarse el nombre del miembro del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, que será asignado para laborar junto al miembro temporal, conforme lo dispone el inciso e) del artículo 9º del Reglamento Interior General. Decreto Ejecutivo Nº3447-T, y el cual deberá ser de la misma profesión, que el miembro temporal deberá encontrarse al día con las cuotas del trimestre vigente y estar habilitado para el ejercicio profesional.
8. Fotocopia (legible) del comprobante de pago de la cuota de incorporación como miembro temporal. (Notas: El monto a cancelar es de ¢ 200 000.00 y deben aportar copia del recibo que emite el CFIA. La cancelación se puede realizar en efectivo, cheque o tarjeta de crédito, en la caja del Colegio Federado).
- Toda la documentación aportada debe presentarse en idioma español, de lo contrario, se deberá presentar traducción oficial.
- Toda la información y los requisitos deberán presentarse en forma completa y no se admitirán aquellas solicitudes que incumplan con esta disposición. La documentación recibida por Plataforma de Servicios es traslada al Departamento de Registro para su revisión y gestión pertinente. En caso de que alguno de los requisitos establecidos no se aporte correctamente y no cumpla con lo establecido por la normativa del CFIA, la solicitud planteada no se tramitará y no surtirá efecto legal alguno.
- La incorporación como miembro temporal únicamente faculta para realizar labores de asesoría, por un término no mayor de un año, quedando a juicio del Colegio Federado su renovación, según se solicite oportunamente y lo justifiquen los términos de la respectiva contratación.
Cuentas bancarias del Colegio Federado:
Banco Nacional de Costa Rica: Nº 24493-9
Banco de Costa Rica: Nº 32567-8
Banco Crédito Agrícola de Cartago: Nº 342706-9
En el siguiente formulario electrónico denominado “Registro Previo” deberá registrar sus datos, con base en las fechas establecidas. Por lo tanto, si al cierre de la recepción de documentos no ha presentado los requisitos ante el CFIA (la recepción únicamente se efectuará en las fechas establecidas), se procederá a la anulación de su registro.
Para mayor información:
C.F.I.A. / Oficinas Centrales: 2202-3900
Colegio de Ingenieros Civiles: 2234-8789
Colegio de Arquitectos: 2202-3940
Colegio de Ingenieros Electricistas, Mecánicos e Industriales: 2202-3914
Colegio de Ingenieros Topógrafos: 2202-3950
Colegio de Ingenieros Tecnólogos: 2202-3952